Sentencia N° 612 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de junio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0612, Exp. 13-059, 28/06/2016
Expediente13-059
PonenteDANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-28
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Especial Quinta, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Marisa Claudia González Pérez, contra la decisión del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La decisión de primera instancia había declarado con lugar la demanda de divorcio presentada por Juan Flebles Armas, confirmando así el fallo del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Durante la audiencia pública y contradictoria, la parte recurrente no compareció, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declarando desistido el recurso de casación. En consecuencia, se declaró firme la sentencia impugnada, manteniendo la disolución del vínculo matrimonial entre las partes. La decisión fue firmada por el Magistrado Ponente, Danilo Antonio Mojica Monsalvo, y se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen para los fines legales correspondientes.

Extracto de la motiva

El artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su último aparte establece: “Si la parte recurrente no compareciere a la audiencia, se debe declarar desistido el recurso de casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte demandada recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de casación anunciado y, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Marisa Claudia González, contra la decisión de fecha 20 de noviembre de 2012, dictada por el Juzgado Superior de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua a los fines legales subsiguientes.

Palabras clave

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