Sentencia N° 610 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 610, Exp. 24-404, 09/12/2024
Expediente24-404
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-12-09
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, declara perecido el recurso de casación interpuesto por los demandados contra la sentencia del Juzgado Superior Agrario que había confirmado la decisión de primera instancia. Se establece que el recurso fue presentado extemporáneamente, ya que el plazo para su formalización había precluido el 5 de agosto de 2024.

Extracto de la motiva

Precisado lo anterior, de la certificación del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, se constata que el lapso para consignar la formalización comenzó a transcurrir desde el día martes 9 de julio de 2024, oportunidad en que el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo admitió el recurso de casación anunciado el cual precluyó el lunes 5 de agosto de 2024, por cuanto el viernes 2 de agosto de 2024 no hubo despacho, incluyendo el término de la distancia de cinco (5) días continuos; no obstante, la parte demandada recurrente en casación presentó el escrito de formalización del recurso en fecha 13 agosto del 2024, es decir, que el mismo fue extemporáneo por tardío. Asimismo, de la lectura del escrito consignado el 8 de julio de 2024, que riela a los folios 162 al 163 de la pieza N° 2 del presente expediente cursa ante el Juzgado Superior Agrario, mediante el cual anunció el recurso extraordinario de casación, no se evidencia que haya esgrimido los fundamentos del recurso, de acuerdo con lo determinado en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, tal como lo establece el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de proceder analizar y resolverlo como una formalización anticipada, de acuerdo con el criterio de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, dictado en decisión número 1.350 en fecha 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.).

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de los ciudadanos Irene García Mesa, y Carlos Pastor Leal Moyetones, supra identificados, actuando como demandados contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, en fecha 28 de junio de 2024.

Palabras clave

casaciónposesiónagriculturaprocedimientoleyes agrarias

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca