Sentencia N° 608 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de junio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0608, Exp. 15-300, 27/06/2016
Expediente15-300
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-06-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A. contra la Certificación Nro. 0332-12, que declaraba a un trabajador con discapacidad ocupacional. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo que había declarado sin lugar la demanda de nulidad, argumentando que la administración cumplió con el procedimiento establecido y que no se vulneraron los derechos del trabajador. Se desestimaron los alegatos de falso supuesto de hecho y de derecho, así como la violación del principio de legalidad.
Extracto de la motiva
Pasa esta Sala a pronunciarse sobre el recurso ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil PEPSI COLA DE VENEZUELA C.A., contra la decisión proferida por el tribunal remitente, que declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta contra la certificación Nro. 0332-12 de fecha 12 de julio de 2012, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). En este sentido, visto los argumentos esgrimidos en el escrito de fundamentación de la apelación, advierte esta Sala que la discrepancia o disconformidad de la recurrente con el examen efectuado por el a quo para arribar al dispositivo de la sentencia impugnada, se dirigen a la verificación si ésta incurre en el vicio de falso supuesto de hecho, por la falta de análisis efectuada por la recurrida de los hechos mencionados por el recurrente en escrito libelar referidos al expediente administrativo. Con relación al vicio de suposición falsa, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 4577 de fecha 30 de junio de 2005, estableció que no está previsto expresamente como uno de los supuestos del artículo 244 del Código de Procedimiento Civil; sin embargo, la suposición falsa se refiere al hecho de que el juez atribuya a instrumentos o actas del expediente, menciones que no contiene, o de por demostrado un hecho con pruebas que no aparecen en autos o cuya inexactitud resulta de actas e instrumentos del expediente.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil PEPSI COLA DE VENEZUELA C.A contra la sentencia dictada por el Juzgado Septimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de febrero de 2015; y SEGUNDO: CONFIRMA el fallo apelado. TERCERO: FIRME el acto administrativo impugnado.
Palabras clave
derecho a la defensaprocedimiento administrativoINPSASELjusticia socialnulidadLey Orgánica de Procedimientos Administrativos