Sentencia N° 608 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de julio de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0608, Exp. 13-298, 30/07/2013
Expediente13-298
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-07-30
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Corporación Parque Yaima, C.A. contra una decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo. Se establece que, conforme al artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la parte apelante debía presentar un escrito con los fundamentos de su apelación dentro de un plazo de diez días, y al no hacerlo, se considera desistido el recurso. La Sala declara desistido el recurso de apelación por falta de fundamentación.
Extracto de la motiva
La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine el expediente se dio por recibido el 9 de abril de 2013 y siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación más el término de distancia, venció el 30 de abril de 2013, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 9 de mayo de 2013, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso indicado, esta Sala, en aplicación del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil Corporación Parque Yaima, C.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de fecha 5 de noviembre de 2012.