Sentencia N° 605 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de julio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0605, Exp. 17-504, 27/07/2018
Expediente17-504
PonenteJesús Manuel Jiménez Alfonzo
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-07-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados laborales, uno en Sucre y otro en Anzoátegui, en un caso de cobro de prestaciones sociales. Se determinó que el tribunal competente para conocer del asunto es el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, dado que la demandada tiene su domicilio en esa jurisdicción. La decisión se fundamenta en el artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece criterios de competencia territorial para los tribunales laborales.

Extracto de la motiva

El artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que las demandas se propondrán ante el tribunal competente por el territorio que corresponda. En este caso, se evidencia que la empresa demandada está domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, y el demandante no precisó donde se prestó el servicio o donde se puso fin a la relación laboral. Por lo tanto, el domicilio de la demandada se convierte en el elemento determinante de la competencia. La Sala establece que el tribunal competente para conocer de la demanda por cobro de prestaciones sociales es el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para decidir la presente regulación de competencia. SEGUNDO: Que el tribunal COMPETENTE, por el territorio, para conocer y decidir la demanda por cobro de las prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano IVÁN JOSÉ GALANTÓN MAURERAS, contra la sociedad mercantil LABORATORIO DE REFERENCIA MARRERO BLANCO, C.A., y los ciudadanos SHARIM JOSEFINA MARRERO BLANCO y CARLOS ALBERTO FRANCO HERNÁNDEZ, es el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, que por distribución le corresponda.

Palabras clave

competenciacobro de prestacionesjurisdicción laboral

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