Sentencia N° 604 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de julio de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0604, Exp. 17-397, 27/07/2018
Expediente17-397
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-07-27
DecisiónDecaimiento del objeto
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la Contraloría Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital contra la decisión del Tribunal Superior Tercero del Trabajo que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos. La Sala declaró el decaimiento del objeto del recurso de apelación, dado que ya se había emitido una decisión sobre la apelación propuesta contra la decisión definitiva del juicio principal, que había declarado sin lugar la demanda de nulidad. Se enfatiza que la cosa juzgada no puede ser socavada por la apelación de un fallo interlocutorio.
Extracto de la motiva
Al respecto, observa la Sala que el aludido recurso de apelación fue oído en un solo efecto, razón por la cual continuó la tramitación del juicio principal, profiriéndose la sentencia definitiva de primera instancia el 7 de agosto del año 2017, mediante la cual el mencionado órgano jurisdiccional declaró sin lugar la demanda de nulidad, decisión que también fue objeto de apelación por parte de la actora. En este orden de ideas, se advierte que esta Sala de Casación Social resolvió el referido medio de gravamen propuesto contra el fallo definitivo, en la sentencia N° 345 del 27 de abril del año 2018, declarándolo sin lugar y confirmando la decisión apelada, desestimatoria de la demanda, como se indicó supra. Vista la situación planteada, considerando que ya se emitió decisión sobre la apelación propuesta contra la decisión definitiva proferida en el juicio principal, esta Sala concluye que en el caso sub iudice operó el decaimiento del objeto en lo que concierne al recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la declaratoria de improcedencia emanada del Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas relativa a la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo contenido en la certificación nro. 0056-2016, de fecha 19 de julio de 2016 y del cálculo de indemnización pericial contenido en el oficio Nro. GCV-1363-2016, de fecha 30 de noviembre de 2016, ya referidos.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL contra la declaratoria de improcedencia emanada del Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas relativa a la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo contenido en la certificación nro. 0056-2016, de fecha 19 de julio de 2016 y del cálculo de indemnización pericial contenido en el oficio Nro. GCV-1363-2016, de fecha 30 de noviembre de 2016, emanados de la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT) CAPITAL Y VARGAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que sea enviado al Tribunal Superior de origen antes mencionado.
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