Sentencia N° 597 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de julio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0597, Exp. 18-037, 26/07/2018
Expediente18-037
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2018-07-26
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, la Iglesia Universal del Reino de Dios, contra una sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso era inadmisible debido a que no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación a la cuantía necesaria para la admisión del recurso de casación. La decisión se fundamenta en que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional de impugnación y debe cumplir con ciertos requisitos, entre ellos que la sentencia impugnada no sea recurrible en casación y que se violen normas de orden público laboral. En este caso, se concluyó que la parte demandante había cumplido con el requisito de cuantía, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso presentado por la parte demandada. Finalmente, el Tribunal declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, sin condenatoria en costas, y ordenó la remisión del expediente al Tribunal Superior de origen.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada IGLESIA UNIVERSAL DEL REINO DE DIOS QUE HACE LA ORACIÓN FUERTE AL ESPÍRITU SANTO, contra la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2017, por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

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