Sentencia N° 596 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de junio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0596, Exp. 15-564, 22/06/2016
Expediente15-564
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de junio de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Construcciones y Servicios Pahorca, C.A. contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Bolívar, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró con lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala fundamentó su decisión en la falta de justificación de la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia preliminar, así como en la correcta valoración de las pruebas por parte del juez de alzada, quien desechó las documentales presentadas por la demandada por no cumplir con las formalidades requeridas para su validez.

Extracto de la motiva

Se delata el quebrantamiento de formas sustanciales de los actos con menoscabo del derecho a la defensa al no haberse ordenado en la sentencia recurrida la reposición de la causa al estado de que el juzgado de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución correspondiente fijara nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, en virtud de la verificación de una causa mayor que impidió justificadamente la comparecencia de la demandada al referido acto; asimismo se indica que el juzgador ad quem valoró las pruebas, sin tomar en consideración lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir, sin aplicar la sana crítica, por lo que al no flexibilizar los formalismos con relación a la carga de comparecer a la audiencia preliminar, la recurrida violó normas de orden público, quebrantando el derecho a la defensa de la accionada y el debido proceso.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada Construcciones y Servicios Pahorca, C.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 06 de abril del año 2015, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia mencionada.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialesderecho a la defensaaudiencia preliminarvaloración de pruebas

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