Sentencia N° 594 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de junio de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0594, Exp. 11-204, 03/06/2011
Expediente11-204
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-06-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia en un caso de adopción internacional, donde se planteó un conflicto de competencia entre dos tribunales. Se determinó que la niña, aunque se encontraba en Venezuela, tenía su nacionalidad colombiana y había ingresado al país de manera irregular. La Sala concluyó que la adopción debía ser considerada internacional y no nacional, por lo que declaró competente al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas para continuar con el proceso de adopción.

Extracto de la motiva

La situación jurídica de la niña NC se originó a espaldas de las legislaciones de Venezuela y Colombia, y del Derecho Internacional, y al no tener legalmente constituida su residencia en el país, nos encontramos en presencia de una adopción internacional, y no de una adopción nacional. Afirmar lo contrario equivaldría a convalidar un fraude a los Convenios suscritos por la República, a las normas y principios contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en nuestro ordenamiento jurídico.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; y se ordena remitir el expediente.

Palabras clave

adopcióninternacionalcompetencianiñosderechos

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