Sentencia N° 590 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de mayo de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0590, Exp. 05-196, 31/05/2005
Expediente05-196
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2005-05-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por las ciudadanas CARMEN CECILIA RODRÍGUEZ DE PADRÓN y ANA MARÍA RODRÍGUEZ contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos, ya que no se señalaba de manera expresa la violación de alguna norma de orden público ni se fundamentaba adecuadamente el vicio de forma alegado.
Se declaró inadmisible el recurso y se impuso una multa de diez unidades tributarias al recurrente por la interposición maliciosa del recurso. La decisión fue publicada y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen para la ejecución de la sentencia, sin condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación.
En el caso concreto, la Sala observa del escrito del recurso de control de la legalidad, que se invoca el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto a decir del recurrente la sentencia proferida por la Alzada contiene un “vicio de forma sustancial y fondo o de Ley”, el cual no se indica en el mencionado escrito. Por otra parte, no se señala de manera expresa la violación de alguna norma de orden público o la contravención de alguna jurisprudencia emanada de esta Sala, lo que hace imposible entender el fundamento de su recurso y conlleva a la declaratoria de inadmisibilidad del medio de impugnación interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 21 de diciembre de 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Se impone al recurrente multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Palabras clave
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