Sentencia N° 59 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 59, Exp. 01-683, 05/02/2002
Expediente01-683
PonenteALFONSO VALBUENA C.
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-05
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El recurso fue declarado perecido debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido por la ley. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha nueve (9) de julio del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue el ciudadano MANUEL ALBERTO GUERRERO MARCIALES contra ALOHAS CAPRI, S.R.L., ITALSANDALIA, S.R.L., SANDITALIA, S.R.L., CHOLITALIA, S.R.L. y ALOHAS GRAN CHINA, S.R.L..-

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha nueve (9) de julio del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.

Palabras clave

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