Sentencia N° 587 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de julio de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0587, Exp. 10-577, 08/06/2010
Expediente10-577
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-07-08
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, AUTOLLANOS BARINAS, C.A., contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala consideró que no se incurrió en violación de normas de orden público, ya que la decisión recurrida se ajustó a lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al declarar desistido el procedimiento por la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar. La Sala enfatizó que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde se altere la legalidad del proceso, y en este caso, no se evidenció tal violación. Se destacó que la conducta del juez en la sustanciación del proceso fue conforme a la ley, y que la parte demandada no pudo demostrar que se vulneraron sus derechos procesales. Finalmente, se declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia publicada el 8 de abril de 2010, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

despidotrabajojurisprudencialegalidadrecursosorden público

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca