Sentencia N° 586 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de junio de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0586, Exp. 12-040, 13/06/2012
Expediente12-040
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2012-06-13
DecisiónImprocedente
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronuncia sobre un conflicto de competencia relacionado con un juicio por indemnizaciones derivadas de un accidente de trabajo. La parte demandante solicitó la regulación de competencia ante el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual se declaró incompetente y planteó un conflicto negativo de competencia. La Sala analiza los criterios de competencia en razón de la materia y del territorio, concluyendo que corresponde a los tribunales de protección de niños y adolescentes conocer del caso debido a la naturaleza de la demanda y la condición de menor de edad de una de las accionantes.
Extracto de la motiva
(Omissis) quien decide considera que se ha configurado así un fuero atrayente hacia los Tribunales con competencia en materia de Protección de Niños y Adolescentes; en consecuencia, y visto que la menor de edad se encuentra domiciliada en la urbanización Castillejo (Omissis) Guatire, Estado Miranda, se declina la competencia en los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guatire (Omissis).
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de regulación de la competencia planteada por el Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
regulación de competenciaprotección de niñosaccidente de trabajo