Sentencia N° 581 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de julio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0581, Exp. 18-200, 25/07/2018
Expediente18-200
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-07-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por la abogada María León Montesinos en representación de Amarilis Amada Meza León, en relación a un proceso de ejecución de sentencia por cobro de prestaciones sociales contra el Municipio San Diego del Estado Carabobo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del avocamiento, concluyendo que no se configuraban los supuestos de grave desorden procesal ni escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que justificaran su intervención.

Extracto de la motiva

Como corolario a lo expuesto, considera la Sala que la solicitud de avocamiento interpuesta por la abogada María León Montesinos, asistiendo a la ciudadana Amarilis Amada Meza León, debe ser declarada inadmisible. Así se establece.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por la representación judicial de la parte demandante AMARILIS AMADA MEZA LEÓN. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

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