Sentencia N° 581 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de abril de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0581, Exp. 08-1846, 23/04/2009
Expediente08-1846
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-04-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Orlando Rafael López Chauran contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo, que declaró sin lugar la apelación sobre su jubilación. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y determinó que no se vulneraban normas de orden público laboral ni la doctrina jurisprudencial establecida, resultando en la declaración de inadmisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, en los siguientes términos: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega el recurrente, que el tribunal superior estimó que el beneficio de jubilación demandado no reúne los requisitos para ello. Que si bien es cierto que la recurrida comparte la tesis de la imprescriptibilidad de la jubilación y desestimó la defensa de prescripción alegada por la demandada, consideró que no se cumplió con el otro elemento como lo es el despido injustificado, que prevé la convención colectiva.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 02 de julio del año 2008, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes.
Palabras clave
jubilaciónrequisitosconvención colectivaderechos laboralessentenciacontrol de legalidad