Sentencia N° 580 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0580, Exp. 15-370, 03/08/2015
Expediente15-370
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoConsulta
Fecha de la decisión2015-08-03
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara improcedente la solicitud de consulta del control difuso del artículo 307 del Código Civil interpuesta por Víctor Babkine. La Sala argumenta que la solicitud no encuentra sustento en el ordenamiento jurídico vigente y que el Tribunal de instancia no desaplicó norma alguna, sino que se limitó a señalar el procedimiento adecuado a seguir. Además, se establece que no se ejerció recurso alguno contra la decisión del Tribunal que declaró improcedente la solicitud de tutela, adquiriendo carácter firme.
Extracto de la motiva
En consecuencia, esta Sala en aplicación del principio de legalidad al cual se encuentra sometido el ejercicio de la actividad jurisdiccional y visto que la solicitud incoada no encuentra sustento en el ordenamiento jurídico vigente, evidenciándose que el objeto de la solicitud es obtener una opinión de este Máximo Juzgador, debe forzosamente declarar improponible la “solicitud de consulta” interpuesta en fecha 5 de mayo de 2014, por el ciudadano Víctor Babkine, representado judicialmente por la abogada Annery Osmelia Fehr Hernández. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casacion Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE en derecho la “solicitud de consulta del control difuso” del artículo 307 del Código Civil, en virtud de la negativa de los Registros, Notarías y Tribunales competentes en la materia, de aceptar el requerimiento de nombramiento de tutor, interpuesto por el ciudadano Víctor Babkine. No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.