Sentencia N° 580 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0580, Exp. 14-221, 14/05/2014
Expediente14-221
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónPERECIDO

Resumen

En el juicio de indemnización por accidente laboral, el Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte actora, debido a que no se presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido. La decisión se basa en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece los plazos y requisitos para la formalización del recurso. La parte actora había anunciado el recurso oportunamente, pero no cumplió con la consignación del escrito requerido.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos la parte actora recurrente anunció su recurso de casación oportunamente; sin embargo, no consignó escrito de formalización, siendo que el lapso de veinte (20) días más el término de distancia para la formalización del recurso de casación, comenzó a correr el 17 de enero de 2014, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio, y venció el cinco (5) de febrero del mismo año, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 07 de diciembre de 2014; razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 09 de enero de 2014 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No se condena al recurrente en las costas del recurso de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recurso de casaciónindemnizaciónaccidente laboralformalizaciónLey Orgánica Procesal del Trabajo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca