Sentencia N° 578 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de junio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0578, Exp. 17-353, 30/06/2017
Expediente17-353
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2017-06-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 30 de junio de 2017, declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, General Motors Venezolana C.A., contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Carabobo. La decisión de primera instancia había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de los demandantes, revocando una decisión anterior que había declarado la inadmisibilidad de la demanda.
La Sala fundamenta su decisión en que el recurso de control de legalidad es un medio excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad, los cuales no fueron satisfechos en este caso. Se destaca que la decisión impugnada es interlocutoria, lo que impide su revisión a través de este recurso.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la sentencia, así como el remitir el expediente a la unidad correspondiente, reafirmando la autoridad del Tribunal en la administración de justicia.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, (caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L.), expresó: que corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público… Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza sea de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada Sociedad Mercantil GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A., contra la sentencia de fecha 16 de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. No hay condenatoria en costas.
Palabras clave
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