Sentencia N° 577 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de julio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0577, Exp. 18-188, 19/07/2018
Expediente18-188
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-07-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, resolvió el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana Cruz Elvira de Sousa contra un auto del Juzgado Superior que negó la admisión de un recurso de casación. La Sala determinó que la decisión del Juzgado Superior era interlocutoria y no susceptible de revisión mediante casación, ya que se trataba de una regulación de competencia. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de hecho propuesto.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones expuestas, observa esta Sala que no se encuentran dados los extremos de ley para declarar la procedencia del recurso de hecho para revertir la negativa del Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona de admitir el recurso de casación efectuado en fecha 22 de enero de 2018, ello por cuanto no existe en el ordenamiento jurídico que rige la materia el marco jurídico dentro del cual se hace susceptible la revisión requerida. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por la representación judicial de la parte accionada, ciudadana CRUZ ELVIRA DE SOUSA, contra el auto dictado por el Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, de fecha 31 de enero de 2018. SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto antes mencionado. No hay condenatoria en costas.

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