Sentencia N° 577 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0577, Exp. 15-297, 31/07/2015
Expediente15-297
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-07-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. La decisión se basa en que el recurso fue ejercido contra un auto dictado en fase de ejecución de sentencia, el cual no resolvió puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni proveyó contra lo ejecutoriado. Se destaca que el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como vía recursiva para impugnar decisiones que violenten normas de orden público, pero en este caso, no se cumplían los requisitos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social deja sentado a partir de la publicación de este fallo que el recurso de control de la legalidad puede proponerse contra los autos dictados en ejecución de sentencia en los procedimientos de calificación de despido siempre y cuando provean contra lo ejecutoriado o lo modifiquen de manera sustancial. Así se decide. Por consiguiente y por las razones antes expuestas, esta Sala de Casación Social deja sentado a partir de la publicación de este fallo que el recurso de control de la legalidad puede proponerse contra los autos dictados en ejecución de sentencia en los procedimientos de calificación de despido siempre y cuando provean contra lo ejecutoriado o lo modifiquen de manera sustancial. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 4 de febrero de 2015. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.
Palabras clave
control de la legalidadejecución de sentenciaembargoderecho laboralLey Orgánica Procesal del TrabajoLey Orgánica del Poder Público Municipal