Sentencia N° 576 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0576, Exp. 13-1347, 14/05/2014
Expediente13-1347
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Transportes Expresos, C.A. (TRANEX, C.A.) contra una providencia administrativa que certificaba una enfermedad ocupacional de un trabajador. La Sala declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional cautelar y la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo, argumentando que no se cumplían los requisitos de presunción de buen derecho y peligro en la mora. Finalmente, se confirmó la decisión del Tribunal Segundo Superior del Trabajo.

Extracto de la motiva

La solicitud de amparo constitucional cautelar se presentó con fundamento al artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Afirma que el temor deviene del propio acto administrativo impugnado dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas, que vulnera de manera directa, inmediata e irreparable los derechos y garantías del debido proceso y defensa. Sostiene que la existencia de la presunción grave de violación de los derechos constitucionales se constata en la parte narrativa de la certificación de enfermedad; al no haber sido previamente notificada del inicio del procedimiento del cual derivó el acto impugnado; por incurrir en falso supuesto al no constatarse la causalidad entre la presunta enfermedad ocupacional y las actividades desarrolladas por el trabajador. Explica que el periculum in mora deriva de la situación de inconstitucionalidad la cual no podría ser reparada en su totalidad por la sentencia definitiva, ya que estaría obligada a soportar durante el curso de todo el procedimiento los efectos de un acto inconstitucional así como al pago de un conjunto de indemnizaciones previstas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo; quedando expuesta a que se entablen reclamaciones fundadas en las normas del derecho laboral, que podrían hacer nugatorio el pronunciamiento de la sentencia que resuelva la nulidad, comprometiéndose el derecho a la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Transportes Expresos, C.A. (TRANEX, C.A.), contra las sentencias dictadas el 23 y 29 de julio de 2013 por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA las decisiones apeladas.

Palabras clave

medidas cautelaresderechos constitucionalesfumus boni iurispericulum in moraproceso administrativo

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