Sentencia N° 571 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de abril de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0571, Exp. 05-1438, 04/04/2006
Expediente05-1438
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-04-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Agropecuaria Siete Samanes C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario, que había confirmado la sentencia de primera instancia que declaró sin lugar la acción de nulidad y simulación de venta. La Sala argumenta que ambos fallos de instancia son conformes entre sí, ya que ambos declaran sin lugar la acción por falta de cualidad de la parte accionante.

Extracto de la motiva

Tal y como se ha señalado en innumerables fallos, corresponde a esta Sala de Casación Social, verificar definitivamente la admisibilidad del recurso de casación del cual deba conocer, aún y cuando el Juzgado Superior que lo ha admitido, ya se ha pronunciado al respecto. Indicado lo anterior, se aprecia que en el presente asunto, tanto el Tribunal de Primera Instancia, así como el Tribunal Superior que decidieron sobre el caso de autos, declararon Sin Lugar la acción propuesta, en base a un mismo supuesto, siendo este el de la falta de cualidad de la parte accionante. Por consiguiente, los fallos de instancia, evidentemente, son conformes entre sí. Empero, el Tribunal de alzada, admite el recurso de casación anunciado, amparado en el siguiente criterio: (…) se observa que la sentencia dictada por este tribunal en fecha 25 de julio de 2.005, ES SUSCEPTIBLE, de tal recurso extraordinario de casación, por ser la misma una sentencia definitiva que presenta disconformidad con la de primera instancia, en cuanto a la condenatoria en costas, tal y como lo dispone el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia definitiva de fecha 25 de julio del año 2005 emanada del Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los Estados Miranda, Guárico, Amazonas y Vargas. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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