Sentencia N° 57 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 57, Exp. 01-664, 05/02/2002
Expediente01-664
PonenteALFONSO VALBUENA C.
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-05
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de Yaracuy. El recurso fue presentado por José Luis Salcedo contra Bar Restaurant y Arepera La Gran Redoma, S.R.L. La Sala determina que el lapso para formalizar el recurso venció sin que se presentara el escrito correspondiente.
Extracto de la motiva
Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha diez (10) de octubre del año 2001 y venció el veintiuno (21) de noviembre del mismo año, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de septiembre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe, dictada en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue el ciudadano JOSÉ LUIS SALCEDO contra BAR RESTAURANT y AREPERA LA GRAN REDOMA, S.R.L..-
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de septiembre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe.
Palabras clave
recurso de casaciónprestaciones socialescobro de diferenciasjurisdicción laboralprocedimiento civilYaracuysentenciaadmisibilidad