Sentencia N° 569 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de abril de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0569, Exp. 07-2026, 29/04/2008
Expediente07-2026
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-29
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de abril de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Lara. La Sala argumentó que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido, ya que el término para interponerlo comenzó a contarse desde la publicación de la sentencia, que ocurrió el 20 de septiembre de 2007, y el recurso fue interpuesto el 28 de septiembre de 2007, lo que lo hizo extemporáneo.

Extracto de la motiva

Ha venido sosteniendo esta Sala, de la interpretación literal del artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el término para interponer el recurso de control de la legalidad se computa a partir de la publicación del fallo, independientemente que la misma se haya materializado antes del vencimiento del lapso que consagra la ley para tal fin. No obstante lo antes expuesto, por su parte, el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el lapso para interponer los recursos a que hubiere lugar contra las decisiones de segunda instancia, comenzará a transcurrir una vez precluido el lapso que tiene el juzgador para publicar el fallo in extenso. En tal sentido, al contraponerse el mencionado artículo 178 con lo establecido en el artículo 165, se evidencia una clara contradicción entre los mismos, respecto a cual es el momento a partir del cual se computa el lapso para ejercer el control de la legalidad, lo cual, puede conllevar a los justiciables a tener duda razonable sobre el particular, que de manera ostensible puede afectar la situación jurídica subjetiva de los recurrentes, en virtud de las distintas interpretaciones.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada, contra la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2007, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.

Palabras clave

control de la legalidadrecursosentenciapublicaciónlapsopreclusividadderecho a la defensaseguridad jurídica

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