Sentencia N° 566 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0566, Exp. 14-143, 14/05/2014
Expediente14-143
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decide sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil ASAP CONSULTORES, C.A. contra una sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que declaró improcedente una solicitud de amparo cautelar. La apelación fue anunciada el 20 de diciembre de 2013, pero la parte actora no presentó el escrito de fundamentación en el lapso establecido por la ley.

Extracto de la motiva

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispone que la apelación se considerará desistida cuando la fundamentación no se presente en el lapso a que se contrae ese mismo artículo. En este sentido, la citada norma establece que, una vez recibido el expediente, comenzará a correr desde el día siguiente, el lapso de diez (10) días de despacho, dentro del cual la parte o las partes apelantes deberán consignar escrito razonado, directamente ante el Juzgado de segunda instancia, en este caso ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso específico, se observa que el expediente se dio por recibido el 20 de enero de 2014, fijándose en fecha 6 de febrero de 2014 el lapso para consignar el escrito de fundamentación. Una vez efectuado el cómputo del lapso subsiguiente de diez (10) días para fundamentar el recurso, más el término de la distancia, se concluye que éste venció el 20 de febrero de 2014. Ahora bien, la parte actora, si bien anunció el recurso de apelación en fecha 20 de diciembre de 2013, no presentó su escrito de fundamentación. Por lo tanto, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el referido artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación intentado por la representación judicial de la sociedad mercantil ASAP CONSULTORES, C.A., contra la sentencia publicada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 12 de diciembre de 2013, y en consecuencia firme el fallo impugnado.

Palabras clave

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