Sentencia N° 565 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de julio de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0565, Exp. 18-160, 18/07/2018
Expediente18-160
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-07-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Industrias Biopapel, C.A., contra la sentencia del Tribunal Cuarto Superior del Trabajo. La Sala declaró con lugar el recurso de casación, anulando la decisión impugnada y parcialmente con lugar la acción intentada por los demandantes, quienes reclamaban el pago de beneficios laborales no otorgados, incluyendo retroactivos de salarios y bonos. La Sala determinó que la empresa había cumplido con el pago de ciertos beneficios, pero no con otros, como el beneficio de alimentación correspondiente a agosto de 2016, que deberá ser calculado y pagado.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la parte demandada no demostró el pago del beneficio alimentación en agosto de 2016, por lo que se debe declarar la procedencia de este concepto. En cuanto a la diferencia de utilidades hasta el año 2006, se observa que los pagos se realizaron conforme a la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, por lo que se declara la improcedencia de este concepto. La Sala también señala que los conceptos convencionales como la celebración de la fiesta del día niño y del día del trabajador no son susceptibles de transformación en cláusula económica. La Sala concluye que la entidad de trabajo ha cumplido con la mayoría de los pagos, pero debe calcular el beneficio de alimentación correspondiente a agosto de 2016.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada INDUSTRIAS BIOPAPEL, C.A. contra la sentencia proferida por el Tribunal Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 28 de noviembre de 2017; SEGUNDO: ANULA la decisión impugnada; y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos FREDY EDUARDO BOYER MIJARES, JHOEL LUIS ALADEJO GONZÁLEZ, TERESA DE JESÚS PÉREZ GOITA, JONAYHAN ALEXANDER ARROYO ARIAS, ARLIN MALBELIS COLMENARES DE GARCÍA, EDGAR LEONARDO ALVARADO ROMERO, MARIAM ESTHER SOTO MÁRQUEZ, LIDIA ROSA ROBLES SÁNCHEZ, JOEL DANIEL TORO REYES, JOSÉ ALEXANDER HERNÁNDEZ CRUZ, ZANAHY MARÍA CEDEÑO INFANTE, KARY NOHELY RODRÍGUEZ, MARIELA CAROLINA NÚÑEZ VILLAMIZAR, RAMÓN ELÍAS SÁNCHEZ, IRIS DEL CARMEN ROVAIN, CARLOS HUMBERTO MEDINA MALAVÉ, y MICHAEL JOSÉ SERRANO ZAMORA contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS BIOPAPEL C.A.