Sentencia N° 561 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de mayo de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0561, Exp. 05-278, 31/05/2005
Expediente05-278
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-05-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ, contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La decisión se basa en que no se violentan normas de orden público ni se contraviene la doctrina jurisprudencial de la Sala. Se subraya que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el Control de la Legalidad, como la vía recursiva para acudir a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en contra de aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en Casación, que violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, a fin de restablecer el orden jurídico infringido, estando limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Es prudente subrayar, que constituyendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, a los fines de satisfacer los requisitos necesarios de admisibilidad debe cumplirse, forzosa y concurrentemente, con las exigencias enunciadas en la norma procesal precedentemente transcrita: 1) Que se trate de sentencias dictadas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que estas sentencias no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o que resulten contrarias a la doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 28 de enero de 2005, emanada del Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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