Sentencia N° 56 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de marzo de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 056, Exp. 24-552, 21/03/2025
Expediente24-552
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-03-21
DecisiónCONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la conclusión del procedimiento especial de casación en un caso de cobro de prestaciones sociales. La parte demandante había interpuesto un recurso de casación tras la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala admitió el recurso y se llevó a cabo el proceso correspondiente, donde se verificaron los lapsos procesales establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

Por lo tanto, y visto que la sentencia recurrida se profirió en la ciudad de Maracay, estado Aragua, corresponde en la presente causa un lapso de dos (2) días continuos por término de la distancia. Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: Mediante auto de fecha 15 de octubre de 2024, el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede Maracay., admitió el recurso de casación anunciado el 9 de octubre de 2024; enfatizando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el 14 de octubre de 2024, razón por la que se considera que lo ejerció dentro de la oportunidad legal correspondiente. Recibido el expediente, se ordenó practicar por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuyo auto la Secretaria de la Sala, hace constar que el inicio del lapso para formalizar el recurso de casación, comenzó a transcurrir según se desprende del auto de admisión, el día martes 15 de octubre de 2024, día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo, y venció el día martes 5 de noviembre de 2024. Ello así, se observa de la referida certificación que la parte tuvo oportunidad para presentar el escrito de formalización hasta el día martes 5 de noviembre de 2024, denotándose que la parte demandante recurrente presentó el escrito de formalización el 28 de octubre de 2024, razón por la que se considera que lo consignó dentro de la oportunidad procesal correspondiente.

Dispositiva

CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de casacióntrabajojurisdicciónplazos procesales

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