Sentencia N° 56 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0056, Exp. 12-1423, 14/03/2013
Expediente12-1423
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-03-14
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por un grupo de ciudadanos contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo del estado Lara. La apelación fue considerada desistida debido a que la parte recurrente no presentó el escrito de fundamentación dentro del lapso establecido por la ley. La Sala aplicó el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece la carga procesal de fundamentar la apelación en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada en fecha 7 de agosto de 2012 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone lo siguiente: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación. Este artículo le impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia dictada en fecha el 7 de agosto de 2012 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

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