Sentencia N° 56 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de enero de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 056, Exp. 03-558, 29/01/2004
Expediente03-558
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-01-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 29 de enero de 2004, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los demandados contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, que había declarado la nulidad de una hipoteca y una venta. La Sala analizó las denuncias de defecto de actividad y de incongruencia negativa, concluyendo que el Juzgado de Alzada no valoró adecuadamente las pruebas presentadas por los demandados, lo que llevó a la confirmación de la confesión ficta de estos. La decisión se fundamentó en la interpretación de los artículos del Código de Procedimiento Civil relacionados con la confesión ficta y la carga probatoria.

Extracto de la motiva

La falta de contestación en nuestro derecho, da lugar a la confesión ficta, esto es, la presunción de confesión que recae sobre los hechos narrados en la demanda, pero no sobre el derecho o las consecuencias jurídicas que conforme a la ley debe aplicarse a los hechos establecidos. Ella admite prueba en contrario y se caracteriza, por tanto, como una presunción iuris tantum. (…) La disposición del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil requiere dos condiciones para que la confesión ficta sea declarada y tenga eficacia legal: que la petición del demandante no sea contraria a derecho y que en el término probatorio no pruebe el demandado algo que le favorezca. En el caso sub-examen tenemos, sin embargo, que la recurrida no sólo hizo caso omiso del mandato que le prescribe a los jueces la norma en cuestión sino que negó expresamente que la parte demandada hubiera promovido pruebas en el juicio, y al afirmar que el reo no había promovido pruebas, mal podría dar cumplimiento a los requerimientos que les impone a los jueces sentenciadores la norma contenida en el artículo supra indicado.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación intentado por los codemandados en el presente juicio contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 31 de enero de 2002. Se impone las costas procesales del recurso a la parte recurrente, por mandato de los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

nulidadhipotecaventaconfesión fictaCódigo de Procedimiento Civilcarga probatoriaincongruencia negativa

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