Sentencia N° 559 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de junio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0559, Exp. 16-017, 14/06/2016
Expediente16-017
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-06-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de junio de 2016, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, OFIMARKET, C.A., contra la sentencia del Tribunal Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se fundamenta en que el recurso no es procedente contra sentencias interlocutorias, como la que declaró desistida la apelación de la parte demandada. La Sala argumentó que el agravio causado por tales decisiones puede ser reparado en la sentencia definitiva.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, en razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En el caso bajo estudio, la parte demandada denuncia que el ad quem contravino la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, al declarar desistida la apelación presentada en contra de la sentencia de primera instancia que resolvió inadmisible la tercería propuesta, conforme a los artículos 52 y 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; motivo por el cual se instaura el presente recurso a los fines de demostrar las causas fortuitas y de fuerza mayor que ocasionaron la incomparecencia de los abogados representantes del ente empleador accionado, a los fines de garantizar el derecho a la defensa, el debido proceso y el principio de tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, contra de la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2015, por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadinterlocutoriasJuzgados Superioresderecho laboralinadmisibilidad