Sentencia N° 557 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de junio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0557, Exp. 15-1066, 14/06/2016
Expediente15-1066
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Maersk Contractors Venezuela, S.A. contra la decisión del Tribunal Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia, que declaró sin lugar la demanda de nulidad de una providencia administrativa relacionada con un accidente laboral. La Sala confirmó la decisión apelada, argumentando que la certificación del accidente fue fundamentada en hechos verificados por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

Extracto de la motiva

De la reproducción efectuada se desprende que el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales para comprobar, calificar y certificar el origen ocupacional de cualquier afectación en la salud del trabajador, debe realizar una investigación en el sitio de trabajo donde se produjo la lesión, a fin de levantar el informe técnico sobre las condiciones y las causas que pudieron ocasionarlo. Este informe puede estar acompañado de fotografías, planos, mediciones ambientales y cualquier otro tipo de material que sirva de fundamento para las conclusiones respectivas. En la práctica dicha investigación está a cargo del Departamento de Higiene y seguridad y Ergonomía (sic) de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de cada Región (sic), el cual está conformado por un equipo multidisciplinario de profesionales, entre ellos, Ingenieros, Higienistas Ocupacionales y Técnicos Superiores en Higiene y Seguridad Industrial. Realizada la investigación, se procederá a establecer el origen del accidente de trabajo a través de la certificación médico ocupacional respectiva.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Maersk Contractors Venezuela, S.A., actualmente Maritime Contractors de Venezuela, S.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 9 de junio de 2015. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada y se declara firme el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

accidente laboralnulidadcertificaciónINPSASELderechos laborales

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