Sentencia N° 557 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0557, Exp. 08-471, 24/04/2008
Expediente08-471
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2008-04-24
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social decide sobre un reclamo presentado por el abogado Frederick Couri, quien interpone un recurso de hecho contra la negativa del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de recibir su escrito. Se establece que Couri no tiene legitimidad para actuar en la causa, ya que no ha demostrado ser representante judicial de ninguna de las partes involucradas. La Sala concluye que el reclamo es improcedente y se ordena su rechazo.
Extracto de la motiva
Al no ser el ciudadano Frederick Couri parte en la causa que dio origen al presente reclamo, ni haber consignado -junto con el escrito de reclamo- poder que lo acredite como representante judicial de alguna de las partes, debe declararse improcedente lo peticionado, pues, el abogado Frederick Couri no tiene legitimidad para interponer reclamo en la causa seguida por el ciudadano José Noguera contra la sociedad mercantil Conproven, C.A., y el ciudadano Freddi Couri. Así se decide.
Dispositiva
Se declara improcedente lo peticionado por el abogado Frederick Couri en su reclamo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines consiguientes.
Palabras clave
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