Sentencia N° 556 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 556, Exp. 04-239, 04/06/2004
Expediente04-239
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2004-06-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo. La decisión se fundamenta en la falta de constatación de la violación de normas de orden público laboral y de la jurisprudencia reiterada de la Sala. Se establece que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

Conviene observar, que siendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma de la Ley Adjetiva Laboral transcrita ut supra; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que estas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Adicionalmente, la oportunidad para interponer el referido recurso está limitada, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y por intermedio de escrito, el cual no podrá exceder los tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarreará igualmente la inadmisibilidad de éste. En tal sentido, en el caso bajo estudio se atribuye a la sentencia recurrida la violación de normas jurídicas que se encuentran gobernadas por el orden público laboral como de la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, lo que sin embargo no fue constatado.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad intentado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 26 de febrero de 2003, dictada por el Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, todo, a los fines de su distribución al Tribunal de Primera Instancia competente.

Palabras clave

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Normas citadas

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