Sentencia N° 555 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de mayo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0555, Exp. 11-412, 19/05/2011
Expediente11-412
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-05-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de cesta tickets. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación y había confirmado la decisión de primera instancia que declaró con lugar la demanda. La Sala determinó que la cuantía exigida para recurrir por vía de casación no fue cumplida, ya que las pretensiones individuales de los actores no superaban la cantidad mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación.

Extracto de la motiva

Ciertamente observa la Sala que, en la presente causa, existe una acumulación de pretensiones por conexión impropia o intelectual, al configurarse un litisconsorcio activo. En este sentido, esta Sala debe reiterar que cuando existe acumulación de pretensiones, cada una de ellas debe examinarse individualmente, a fin de determinar si por lo menos una cumple con la cuantía requerida para acceder a casación, a los efectos de la admisibilidad de este medio extraordinario de impugnación. De acuerdo con el escrito libelar, la demanda por cobro de cesta tickets ha sido incoada por diez trabajadores y ninguna de las pretensiones contenidas en el libelo, individualmente consideradas, excede de la cantidad de ciento sesenta y cinco mil bolívares fuertes (Bs.F. 165.000), que es la cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación en los juicios laborales, pues, de acuerdo con los montos estimados la mayor de las pretensiones de los actores, fueron valoradas individualmente en Bs.F. 39.352,50, razón por la cual resulta forzoso para esta Sala declarar inadmisible el recurso de casación y sin lugar el recurso de hecho.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho presentado. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho.

Palabras clave

cobrocesta ticketsrecurso de casacióncuantíatrabajadoresjusticia laboral

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