Sentencia N° 555 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 555, Exp. 02-386, 08/10/2002
Expediente02-386
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-10-08
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores del Estado Vargas. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que venció el 22 de julio de 2002. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha dos (02) de Abril del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con sede en Maiquetía, dictada en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, siguen los ciudadanos JEAN CLAUDE DAVID MARTÍN GIL y RAFAEL MARTÍNEZ JIMÉNEZ contra la sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha dos (02) de Abril del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con sede en Maiquetía.
Palabras clave
recurso de casaciónprestaciones socialescobro de diferenciasdecisión judicialcostasjurisdicción laboral