Sentencia N° 554 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 554, Exp. 02-358, 08/10/2002
Expediente02-358
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-10-08
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores. El recurso fue presentado fuera del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del mismo. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso debido a esta falta de formalización en el tiempo estipulado.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha quince (15) de junio del año 2002 y venció el veintiséis (26) de julio del mismo año, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintiséis (26) de marzo del año 2002, emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano SANTIAGO ENRIQUE RAMÍREZ FIGUEROA contra la sociedad mercantil INCISAN, C.A..- En vista de la precedente declaratoria, la Sala no verificará la admisibilidad de este recurso de casación.-

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintiséis (26) de marzo del año 2002, emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia.

Palabras clave

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