Sentencia N° 55 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0055, Exp. 12-1632, 14/03/2013
Expediente12-1632
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-03-14
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso no era procedente, ya que la decisión recurrida no modificaba lo decidido en la sentencia definitiva anterior. Se reafirmó el criterio establecido en la sentencia N° 505 de 2003, que permite el control de la legalidad en casos específicos, pero no aplicaba en este caso particular.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión N° 505 de fecha 30 de julio de 2003, expresó que a los autos o sentencias dictados en la etapa de ejecución Se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provean contra lo ejecutoriado o modifiquen de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se traten de actos que violen o amenacen con violentar alguna norma de orden público, o resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. En el caso concreto la Sala observa que el objeto del recurso es anular la sentencia del Juzgado Superior que confirmó el auto que decretó la ejecución voluntaria de la experticia complementaria del fallo, por lo cual el fallo recurrido es una decisión emanada de un Juzgado Superior Laboral en etapa de ejecución de sentencia que no provee contra lo ejecutoriado ni modifica lo decidido en la sentencia definitiva que declaró parcialmente con lugar la demanda, proferida el 31 de enero de 2008 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, razón por la cual, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 505 de fecha 30 de julio de 2003, parcialmente trascrita, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de indemnizaciónaccidente de trabajocontrol de la legalidadejecución de sentenciajurisprudenciaderecho laboral