Sentencia N° 55 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 55, Exp. 01-785, 05/02/2002
Expediente01-785
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-05
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de Anzoátegui. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que venció el 23 de diciembre de 2001. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha cuatro (04) de octubre de 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue la ciudadana XIORQUIS DEL VALLE OJEDA MARCANO contra la sociedad mercantil UNIDAD EDUCATIVA INDUSTRIAL JUAN CRISÓSTOMO FALCÓN, C.A.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha cuatro (04) de octubre de 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casacioncobro de prestacioneslaboralcostasadmisibilidadsentenciajuzgado superiorprocedimiento civil