Sentencia N° 548 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de julio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0548, Exp. 17-145, 12/07/2018
Expediente17-145
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-07-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil DROGUERÍA NENA, C.A. contra la Certificación Médica Ocupacional emitida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda. La demandante alegó violaciones a sus derechos de defensa y debido proceso, argumentando que no se le permitió presentar pruebas ni alegatos en el procedimiento administrativo que llevó a la certificación de la discapacidad de la trabajadora Zuleyda Alvarado Dugarte. La Sala, tras analizar los antecedentes y la fundamentación del recurso, concluyó que la demandante tuvo la oportunidad de ejercer su derecho a la defensa y que la certificación impugnada fue emitida conforme a los procedimientos establecidos. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de apelación, confirmando la validez de la certificación médica y la decisión del juzgado inferior. Finalmente, la Sala reafirmó que la certificación médica tiene presunción de veracidad y que la demandante no logró desvirtuar los elementos probatorios que sustentan la decisión administrativa, por lo que se confirmó la sentencia apelada.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil DROGUERÍA NENA, C.A. contra la Certificación Médica Ocupacional emitida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda. La demandante alegó violaciones a sus derechos de defensa y debido proceso, argumentando que no se le permitió presentar pruebas ni alegatos en el procedimiento administrativo que llevó a la certificación de la discapacidad de la trabajadora Zuleyda Alvarado Dugarte. La Sala, tras analizar los antecedentes y la fundamentación del recurso, concluyó que la demandante tuvo la oportunidad de ejercer su derecho a la defensa y que la certificación impugnada fue emitida conforme a los procedimientos establecidos. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de apelación, confirmando la validez de la certificación médica y la decisión del juzgado inferior. Finalmente, la Sala reafirmó que la certificación médica tiene presunción de veracidad y que la demandante no logró desvirtuar los elementos probatorios que sustentan la decisión administrativa, por lo que se confirmó la sentencia apelada.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil DROGUERÍA NENA, C.A., contra la sentencia publicada en fecha 21 de octubre de 2016, por el Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido; TERCERO: FIRME la Certificación Médica Ocupacional número 0454-12 de fecha 13 de julio de 2012, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda “Delegado de Prevención Jesús Bravo”, hoy Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Miranda (GERESAT) adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

Palabras clave

nulidadcertificación médicadiscapacidadderecho a la defensaprocedimiento administrativo

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