Sentencia N° 542 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de junio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0542, Exp. 12-1330, 13/06/2016
Expediente12-1330
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-13
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la demandada, ARKINATURA DEL ESTE, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo. La audiencia pública fijada para el 9 de mayo de 2016 no contó con la comparecencia de la parte demandada, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción de desistimiento del recurso de casación. En consecuencia, se declaró firme la sentencia impugnada.
Extracto de la motiva
Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte demandada recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 6 de agosto de 2012; 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales subsiguientes.