Sentencia N° 541 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de julio de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0541, Exp. 12-1718, 18/07/2013
Expediente12-1718
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2013-07-18
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por AGROPECUARIA MARTÍN CONCEPCIÓN AGROMARCO, C.A. La decisión se basa en que la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, no vulnera normas de orden público laboral. La Sala destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad. La empresa recurrente alegó que la sentencia impugnada menoscabó su derecho a la defensa y al debido proceso, argumentando que no se valoró adecuadamente una providencia administrativa y que se apartó de la doctrina imperante. Sin embargo, el Tribunal consideró que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y que no era necesario desplegar actividad jurisdiccional para conocer del recurso. Finalmente, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, ordenando la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Lara.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior. La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión. De igual manera, estará sujeto a multa el recurrente que interponga el recurso maliciosamente, hasta un monto máximo equivalente a ciento veinticinco unidades tributarias (125 U.T.). En este último caso, el auto será motivado. Si el recurrente no pagare la multa dentro del lapso de tres (3) días, sufrirá arresto en jefatura civil de quince (15) días.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la empresa AGROPECUARIA MARTÍN CONCEPCIÓN AGROMARCO, C.A. contra la sentencia de fecha 09 de noviembre del año 2012, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a los fines legales consiguientes. Particípese la presente decisión al Tribunal de origen, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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