Sentencia N° 54 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de febrero de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 054, Exp. 15-956, 10/02/2017
Expediente15-956
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-02-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de febrero de 2017, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Banco Provincial S.A., Banco Universal, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Táchira, que había declarado sin lugar la demanda de nulidad de una certificación de enfermedad ocupacional. La Sala argumentó que el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales había seguido el procedimiento legalmente establecido para certificar la enfermedad del trabajador, Luis Leonardo Ortiz Rangel, y que no se configuraron los vicios denunciados por la parte recurrente, como el falso supuesto de hecho o derecho, ni la violación al derecho a la defensa y al debido proceso.

Extracto de la motiva

La motivación de la sentencia se centra en la correcta aplicación del procedimiento administrativo por parte del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, que certificó la enfermedad ocupacional del trabajador. La Sala establece que el procedimiento seguido fue el adecuado y que la certificación emitida se basó en evaluaciones médicas y técnicas pertinentes. Se concluye que no hubo violación al derecho a la defensa, ya que la parte demandante tuvo la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas durante el proceso administrativo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 13 de marzo de 2015; SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida sentencia. TERCERO: FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

nulidadcertificaciónenfermedad ocupacionalprocedimiento administrativoderecho a la defensa

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