Sentencia N° 534 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de diciembre de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 534, Exp. 23-317, 08/12/2023
Expediente23-317
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2023-12-08
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por varios ciudadanos contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar. La decisión se basa en que el recurso no cumple con los requisitos formales establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
En el presente caso observa la Sala que el fallo contra el que se solicitó este recurso de control de la legalidad es una sentencia interlocutoria. Omissis Las sentencias interlocutorias son aquellas decisiones dictadas en el transcurso de un juicio o proceso y son susceptibles de ser recurridas a través del recurso ordinario de apelación. Si bien estos fallos interlocutorios pueden causar un agravio o perjuicio a alguna de las partes, tal agravio puede ser reparado en la sentencia definitiva. Es decir, que si un fallo de esta naturaleza, causare algún perjuicio, el mismo puede ser reparado con la definitiva. No obstante, se hace oportuno destacar que de no repararse éste en la definitiva, dicha decisión puede ser impugnada ante esta Sala de Casación Social a través del recurso extraordinario de casación y ahora para los fallos no impugnables en casación de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través del recurso de control de la legalidad, decretándose su nulidad y ordenándose la reposición de la causa al estado que se considere necesario para restablecer el orden jurídico infringido o decidiendo el fondo de la controversia. Siendo así y por las razones antes indicadas, esta Sala de Casación Social deja sentado a partir de la publicación de esta decisión que este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, todo ello además en procura de la celeridad que cada caso amerita, pues de producirse alguna violación con estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva, recurribles estas últimas ante esta Sala de Casación Social a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley para ello. Como se aprecia del criterio jurisprudencial parcialmente transcrito, las sentencias interlocutorias que no ponen fin al proceso, no figuran en el género de aquellas susceptibles de ser atacadas por esta vía recursiva, lo que conlleva a la inexistencia de un presupuesto objetivo indispensable para su admisión. Por tanto, atendiendo el contexto legal y jurisprudencial que precede, debe esta Sala de Casación Social concluir que la pretensión de impugnación ejercida por la parte actora no se ajusta a derecho.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos CÉSAR RAMÓN RAMÍREZ, JOSÉ RAFAEL APONTE, JOSÉ CIPRIANO GONZÁLEZ, RÉGULO RAFAEL BRACHO, RUBÉN DARÍO BRITO, APARICIO ALEXANDER VENTURA, SEBASTIÁN JOSÉ TOVAR, DEIHT MODESTO CASTILLO, JESÚS RAMÓN FUENTES, JOSÉ LUIS GASCÓN, JULIO CÉSAR HERRERA, CARLOS SÁNCHEZ y MANUEL JOSÉ GUEDE, contra la sentencia del 18 de mayo de 2023.
Palabras clave
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