Sentencia N° 534 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0534, Exp. 08-614, 24/04/2008
Expediente08-614
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-24
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la codemandada ACOSTA FERNÁNDEZ S.A. (ACOFESA) en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala determinó que el recurso había perecido debido a la falta de formalización dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que es de veinte días consecutivos. Se evidenció que el lapso comenzó a correr el 7 de julio de 2007 y venció el 31 de julio del mismo año, sin que se presentara el escrito correspondiente.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente si la sede del Tribunal que dictó la decisión recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se otorgan para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha siete (07) de julio del año 2007 y venció el treinta y uno (31) de julio del mismo año, incluyendo el término de la distancia correspondiente por estar situado el Tribunal Superior en la ciudad Santa Ana de Coro, Estado Falcón, siendo que hasta la fecha no ha sido consignado el correspondiente escrito de formalización. Por tal motivo, atendiendo a lo preceptuado en el penúltimo aparte del mencionado artículo 171 de la Ley adjetiva Laboral, se declara perecido el recurso de casación anunciado por la codemandada ACOSTA FERNÁNDEZ S.A. (ACOFESA) y así se resuelve.
Dispositiva
Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la codemandada ACOSTA FERNÁNDEZ S.A. (ACOFESA), contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, de fecha 26 de abril del año 2007. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y regístrese. Continúese con la tramitación del recurso propuesto por la codemandada PDVSA PETRÓLEO S.A.. Agréguese al expediente.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casacionperecimientolapso procesalLey Organica Procesal del Trabajotrabajoimpugnacioncostas