Sentencia N° 533 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0533, Exp. 07-084, 21/03/2007
Expediente07-084
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2007-03-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Oscar Jesús Vásquez Gil contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Sucre. La decisión de la Sala se fundamenta en la potestad discrecional establecida en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, considerando que no se incurrió en violaciones de normas de orden público ni en la doctrina jurisprudencial reiterada. Se destaca que el Tribunal de Alzada no cometió vicios en su decisión, por lo que se declara inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía del Control de la Legalidad aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueran recurribles en casación violenten o amenacen con violentar las normas de estricto orden público o cuando la decisión sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, indica la parte actora recurrente, que la decisión impugnada quebrantó los artículos 509, 12 y 7 del Código de Procedimiento Civil; 5 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal, relativa al vicio de silencio de pruebas.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 19 de septiembre de 2005 proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes identificado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de la legalidadinadmisionderecho laboraljurisprudenciadebido procesosilencio de pruebas