Sentencia N° 530 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0530, Exp. 11-502, 04/06/2012
Expediente11-502
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-06-04
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la Asamblea Nacional contra la sentencia del Juzgado Superior Noveno del Trabajo. La decisión se basa en que la sentencia impugnada no vulnera normas de orden público absoluto, y el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley. Se destaca que la parte demandada no se niega a cumplir con las obligaciones laborales, pero argumenta que el pago de intereses moratorios es inapropiado debido a la falta de presentación de la declaración jurada de patrimonio por parte del trabajador.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: Denuncia la impugnante que la sentencia recurrida vulnera normas de estricto orden público, específicamente, las contenidas en los artículos 9, 78 y 83 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y de la “Resolución mediante la cual se Implanta el Sistema para la Presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio en Formato Electrónico disponible en la Página Web de la Contraloría General de la República (…)”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 11 de febrero de 2011, emanada del Juzgado Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de acreenciascontrol de legalidadsentenciatrabajoAsamblea Nacional

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