Sentencia N° 530 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de junio de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0530, Exp. 10-594, 01/06/2010
Expediente10-594
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-06-01
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte codemandada Posada Sandrea Construcciones y Servicios, C.A. contra un fallo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La Sala determinó que el recurso había perecido debido a que no se presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que es de veinte días consecutivos a partir del anuncio del recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, fija un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del presente recurso de casación, se constata, que el mismo comenzó a correr en fecha quince (15) de abril de 2010, día siguiente al último de los cinco (5) días hábiles que se confieren para el anuncio, y venció el día doce (12) de mayo del mismo año, incluyendo el término de distancia correspondiente. Así pues, se constata que anunciado el recurso de casación de manera oportuna, posteriormente, no fue presentado el respectivo escrito de formalización, razón por la cual esta Sala de Casación Social, conforme a lo previsto en el artículo supra señalado, debe declarar perecido el recurso de casación interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte codemandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 22 de febrero de 2010. Se condena en costas a la parte codemandada, recurrente en casación. Publíquese y regístrese.

Palabras clave

recurso de casaciónprocedimiento laboralindemnizaciónfalta de cualidadcostas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca