Sentencia N° 53 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de febrero de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 053, Exp. 16-541, 10/02/2017
Expediente16-541
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-02-10
DecisiónHOMOLOGA

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Elisio Alfredo Vivas Chacón, en relación a una transacción laboral acordada con la sociedad mercantil Restaurant El Solar del Este, C.A. La transacción fue presentada ante la Sala y se verificó su conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, así como con los requisitos de capacidad y disposición de las partes involucradas.

Extracto de la motiva

La transacción en materia laboral se encuentra prevista en el artículo 19 la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Se define la institución de la transacción, como el contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual, y, para realizarla, deben –las partes− tener la capacidad para disponer de las cosas comprendidas en ella, de acuerdo con los artículos 1.712 y 1.714 del Código Civil, por lo que una vez celebrada la transacción, se le otorga mediante la autoridad conferida por la ley al funcionario ante el cual se establezca, el carácter de cosa juzgada. En este sentido, la transacción está sometida a las mismas condiciones requeridas para la validez de los contratos en general y, muy especialmente, a las que aluden a la capacidad y poder de disposición de las personas que la suscriben. Conforme a estas premisas, debe la Sala de Casación Social verificar la concurrencia en el caso concreto de los mencionados requisitos; esto es, (i) si los apoderados judiciales de las partes tienen capacidad para transigir, y (ii) si la transacción versa sobre derechos disponibles para las partes.

Dispositiva

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ELISIO ALFREDO VIVAS CHACÓN, por una parte y, la sociedad mercantil RESTAURAT EL SOLAR DEL ESTE, C.A., por la otra, respecto a los hechos litigiosos comprendidos en el procedimiento por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales contenidos en libelo demanda, pasándola con autoridad de cosa juzgada.

Palabras clave

transaccióncosa juzgadaresolución de conflictoscapacidadderechoslitigioabogados

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca