Sentencia N° 53 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de febrero de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 53, Exp. 02-648, 13/02/2003
Expediente02-648
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada, argumentando que la decisión recurrida no se encuentra dentro de los supuestos establecidos en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. Se determinó que la sentencia en cuestión es interlocutoria y no resuelve el mérito de la controversia, lo que la hace no susceptible de casación. La Sala reafirmó su postura en relación a la regulación de competencia, excluyendo del recurso de casación las decisiones que resuelven sobre este tema.

Extracto de la motiva

En relación con los requisitos que deben cumplir las decisiones judiciales para que en su contra se admita el recurso de casación y las sentencias que no son susceptibles de ser recurridas en casación de inmediato, la Sala de Casación Civil en sentencia de fecha 06 de Abril de 2000, con ponencia del Magistrado Carlos Oberto Vélez, en el juicio de Centro Comercial Plaza Las Américas contra Inmobiliaria 4000 C.A, en el expediente N° 99-559, sentencia N° 104, estableció el siguiente criterio: En el caso bajo estudio, se evidencia de las actas procesales que el recurso de casación intentado no se refiere a una sentencia contra la cual pueda intentarse el recurso de casación, ya que la misma no está comprendida dentro de los supuestos señalados en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, y además, es una sentencia interlocutoria que no resuelve el mérito de la controversia. Es por ello que en atención a la Jurisprudencia antes mencionada, que ha sido sostenida en forma reiterada y pacífica por nuestro máximo Tribunal; y en aras de garantizar la seguridad jurídica de las partes, es forzoso para este Juzgador declarar la INADMISIBILIDAD del recurso intentado.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 16 de octubre del año 2002 dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia el cual negó el recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 25 de septiembre del mismo año dictada por el referido juzgado superior. Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisibilidadsentencia interlocutoriaregulación de competenciaCódigo de Procedimiento Civilseguridad jurídicadecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca